CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
IV.1. Del análisis del recurso de casación se tiene que el recurrente acusa al Tribunal de Alzada de haber realizado un incorrecto análisis del proceso de nulidad de matrimonio porque insertó el nombre de Mario Álvarez Andrade en lugar de Carmen Ribera Arteaga, por lo que pide se revise este hecho
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
IV.1. Del análisis del recurso de casación se tiene que el recurrente acusa al Tribunal de Alzada de haber realizado un incorrecto análisis del proceso de nulidad de matrimonio porque insertó el nombre de Mario Álvarez Andrade en lugar de Carmen Ribera Arteaga, por lo que pide se revise este hecho
- CONSIDERANDO I
- Con este primer entendimiento claramente se puede apreciar la improcedencia de la demanda principal, puesto
- Es más, en el numeral III de la disposición referida, de forma inequívoca señala que
- Segundo, en cuanto al argumento de la preclusión y de acuerdo a lo fundamentado líneas
- Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, que se pasa a
- CONSIDERANDO II
- 1
- 2
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- III.1. Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
- Primeramente se debe tener presente que el art
- En este marco, se concluye que cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada,
- Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
- Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
- III.2. Respecto a la valoración de la prueba
- El Auto Supremo Nº 410/2015 de 09 de junio, ha señalado que: “…es facultad privativa
- III.3 Respecto al entendimiento de verdad material
- El Tribunal Constitucional de Bolivia en la SSCC Nº 1888/2011-R de 7 de noviembre de
- De este modo debe entenderse que la garantía del debido proceso, con la que especialmente
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el caso en particular, se puede evidenciar que el Ad quem introdujo el nombre
- IV
- De la revisión de obrados y lo apelado por Carmen Ribera Arteaga, se evidencia que
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
