Auto Supremo AS/0997/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0997/2018

Fecha: 05-Oct-2018

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2. Acusan que el Auto de Vista no consideró importante pronunciarse sobre las tres atestaciones de cargo, porque las dos últimas estarían dentro de las prohibiciones de la Ley, consiguientemente las mismas debieron ser prescindidas por la Juez de la causa por estar comprendidas dentro de las tachas relativas previstas por los arts. 169. II y 172 del Código Procesal Civil, y que respecto a la atestación del único testigo hábil, tampoco demostró la posesión por más de diez años, es decir no demostró cumplir con los requisitos esenciales de la posesión continuada y pública por más de diez años como exige el art. 138 de la usucapión decenal