Auto Supremo AS/1008/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1008/2018

Fecha: 05-Oct-2018

Siempre en este tema de la pretensión de la recurrente de que se declare una

Siempre en este tema de la pretensión de la recurrente de que se declare una nulidad de obrados, acudiendo a la doctrina legal establecida en el punto III.2 de la presente resolución, se afirma que la nulidad procesal, bajo la visión de la nueva forma de administrar justicia y en respeto a los principios que la rigen, no es más la regla, sino constituye la excepción, debiendo considerar sobre todo la trascendencia del acto que acarrearía la nulidad y que sea violatorio de los derechos de quién se vea afectado por el acto anómalo, extremo que no ha existido en el caso que nos ocupa