Auto Supremo AS/1064/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1064/2018

Fecha: 30-Oct-2018

Resolución de primera instancia que fue apelada por Inés Quentasi Alaca, mediante el escrito que

Resolución de primera instancia que fue apelada por Inés Quentasi Alaca, mediante el escrito que cursa de fs. 195 a 198 vta., a cuyo efecto la Sala Civil Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Chuquisaca mediante el Auto de Vista N° 32/2018 de fecha 29 de enero, cursante de fs. 218 a 220 vta., CONFIRMA la sentencia Nº 153/2017 de 09 octubre de 2.017 de fs. 189 a 194 vta., pronunciada por la Juez Público Civil y Comercial Trece de la Capital, conforme dispone el art. 218.II.2) del Código Procesal Civil. Con costas y costos, bajo los siguientes argumentos:
“…Que esta determinación del retiro de muro y la construcción a criterio de este Tribunal, no constituye una decisión extra petita, como erradamente argumenta la apelante, pues su finalidad es otorgarle la practicidad a la decisión asumida en sentencia, pues si la decisión de fondo es de restitución del inmueble a su propietaria, y en proceso se estableció que dicho muro y construcción se encuentran en parte del inmueble de la actora, lo correcto es que los mismos sean retirados, esto en base a la aplicación del principio de eficacia de las resoluciones, es decir, que estas resoluciones deben cumplir su finalidad, asegurando el resultado del proceso, a efectos de impartir justicia a las partes; así como el principio de eficacia, que consiste en una administración de justicia pronto, a través del reconocimiento de los derechos a través de la ejecución de las resoluciones judiciales, principios que se encuentran contemplados en el art. 30.7.9 de la Ley Nº 025, pues lo contrario implicaría la apertura de un nuevo proceso (…) si bien existen errores a tiempo de identificar los datos del inmueble consignados por la actora, no es menos evidente que existe prueba a efectos de una identificación precisa del bien objeto de la litis