Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs
I.2 Motivos del recurso de nulidad
Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs. 551 a 553, interpuesto por por Mirko René Aramayo Vargas, en representación de la Empresa Unipersonal Alimentos Saludables, manifestando, en síntesis:
Que los fundamentos por los cuales se confirmó la Sentencia Nº 72/2015, demuestran que el tribunal de alzada no se detuvo a analizar los fundamentos legales y las pruebas que desarrollaron y demostraron en el proceso, pruebas que demuestran todo lo que demandó desde el inicio del proceso, referente a que el actor no fue dependiente de la empresa demandada, hecho que no fue tomado en cuenta por los juzgadores de instancia, violando derechos fundamentales como el debido proceso y el derecho a la defensa
Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs. 551 a 553, interpuesto por por Mirko René Aramayo Vargas, en representación de la Empresa Unipersonal Alimentos Saludables, manifestando, en síntesis:
Que los fundamentos por los cuales se confirmó la Sentencia Nº 72/2015, demuestran que el tribunal de alzada no se detuvo a analizar los fundamentos legales y las pruebas que desarrollaron y demostraron en el proceso, pruebas que demuestran todo lo que demandó desde el inicio del proceso, referente a que el actor no fue dependiente de la empresa demandada, hecho que no fue tomado en cuenta por los juzgadores de instancia, violando derechos fundamentales como el debido proceso y el derecho a la defensa
- Distrito: La Paz
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad de fs
- Sostuvo que la demanda, contiene una serie de imprecisiones, las cuales fueron el fundamento de
- Manifestó que las resoluciones emitidas, de modo alguno expresan y fundamentan cuál es el elemento
- Que de acuerdo a los arts
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
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- Al respecto, es preciso señalar que, a fin de determinar si una relación de trabajo
- Al respecto, de la revisión de la documentación adjuntada durante la tramitación del proceso, se
- En base a tales antecedentes, se advierte que estos hechos fueron debidamente analizados y compulsados
- Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
- POR TANTO: La Sala Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Con costas
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
