En consecuencia, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación de
En consecuencia, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación de fs. 289 a 290 vta., corresponde dar aplicación a la disposición contenida en el art. 220.II del CPC, en cumplimiento de la norma remisiva del art. 252 del CPT
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra el Auto de Vista la parte demandada formuló recurso de casación de fs
- Señala como leyes aplicadas erróneamente, los arts
- El Tribunal ad quem debió valorar las pruebas presentadas, conforme la sana crítica y prudente
- II. Fundamentos jurídicos del fallo
- El art
- Asimismo se debe tener presente que en el proceso laboral, la valoración y compulsa de
- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
- En cuanto al error de hecho en la apreciación de las pruebas, cuando la resolución
- la misma que acreditaría el número de dependientes y que no correspondería el cálculo
- En consecuencia, al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
