Auto Supremo AS/0672/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2018

Fecha: 26-Nov-2018

Empero el citado DS Nº 28699, fue creado bajo el espíritu de propugnar el resguardo

Empero el citado DS Nº 28699, fue creado bajo el espíritu de propugnar el resguardo de las garantías y derechos que gozan las trabajadoras y los trabajadores, frente a la libre contratación y libre rescisión que dio lugar a diferentes excesos en los procesos de contratación obrero-patronales, ocasionando decisiones arbitrarias para despedir a los trabajadores, así como para la adopción de formas de encubrimiento de la verdadera relación laboral o, más aún, para burlar obligaciones laborales; es en ese sentido, que una de las medidas para garantizar dichos derechos conforme a su art. 9, fue precautelar el pago pronto y oportuno de los derechos y beneficios sociales de las trabajadoras y los trabajadores, una vez se haya producido la desvinculación laboral, sancionando el incumplimiento de pago de las obligaciones patronales fuera de los 15 días de haberse efectuado, con el 30% de multa del total de beneficios y derechos laborales impagos, más no en razón de las causas de la desvinculación laboral, es decir que al no haber hecho efectivo el pago de beneficios sociales del actor en el plazo de 15 días corresponde se imponga la multa del 30%