Auto Supremo AS/0984/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0984/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó


El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó como hechos probados:

Primero.- Que, Elvira Magne Joaniquina y David Silva Villafuerte contrajeron matrimonio en fecha 21 de diciembre de 1986, así consta del Certificado Matrimonio presentado en la prueba M.P.-4.

Segundo.- Que, anteriormente a esa fecha el acusado había contraído matrimonio en otras dos oportunidades, demostrado con los certificados de matrimonio, que revisados los libros de Registro Cívico, existen estas partidas de matrimonio vigentes, no canceladas de las partidas de matrimonio del acusado David Silva Villafuerte con Nelly Antezana Silva y Rosario Villafuerte Beltrán