Auto Supremo AS/0984/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0984/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Por otro lado, la existencia de este defecto, falta de debida fundamentación, en el Auto de Vista impugnado, sobre la denuncia de incompleta consideración de los argumentos expresados por el acusado en el ejercicio de su defensa material y técnica, impide desarrollar un contraste posterior con relación al segundo precedente contradictorio admitido, Auto Supremo 183 de 6 de febrero de 2007, debido a que el mismo determina, entre otros aspectos, que: “…Los Tribunales de Sentencia o el Juez deben emitir la sentencia fundamentada consignando todos y cada uno de los hechos debatidos en el juicio..”; es decir, que es preciso que el Tribunal de alzada corrija previamente los defectos de fundamentación identificados a efectos de constatar en su integralidad si existe similitud en sus situaciones de hecho con el precedente; y en su caso, contradicciones en el sentido jurídico expresado por el Auto de Vista impugnado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por David Silva Villafuerte, cursante de fs. 76 a 80 vta.; y por consiguiente, con los fundamentos expuestos precedentemente y en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 2/2018 de 21 de marzo, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, previo sorteo y sin espera de turno, pronuncie un nuevo Auto de Vista en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente resolución