Auto Supremo AS/0994/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0994/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de


Mediante Auto Supremo 641/2018-RA de 7 de agosto, cursante de fs. 457 a 459 vta., este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por Gloria Álvarez Ortiz, para el análisis de fondo.
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:

II.1. De la Sentencia.

Por Sentencia 14/2017 de 10 de julio, el Tribunal Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Gloria Álvarez Ortiz, autora de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años y seis meses de reclusión, más cien días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día y el pago de costas procesales, daños y perjuicios a calificarse en ejecutoria de Sentencia, en base a los siguientes argumentos:

Con base a los hechos probados se estableció que el 26 de mayo de 2001, 25 de julio de 2011 y 22 de diciembre de 2011, Gloria Álvarez Ortiz y el acusador particular Germán Alfredo Romero Rojas, suscriben tres contratos privados de compra venta con pacto de rescate, por el monto de dos mil dólares cada uno haciendo un total de seis mil dólares, a cambio la nombrada acusada entrega como legítima propietaria en garantía joyas consistentes en: a) Siete anillos grandes; b) Una esclava gruesa de varón; c) Una pulsera clon; d) Un anillo; e) Monedas libras esterlinas; f) Anillos; g) Cadena bastón rama grande; h) Siete pepas; i) Un bastón; j) Un gancho; y, k) Cuatro anillos, haciendo un total de 34 joyas, que supuestamente eran de oro de 18 quilates