De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 23/2017 de 4 de mayo (fs. 13 a 15), el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Williams Castillo Gutiérrez, autor y culpable de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Contrato, Falsedad Ideológica, Falsificación de Documento Privado y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 222, 199, 202 y 203 del CP, imponiendo conforme al concurso real de delitos, la pena de tres años de reclusión, con costas a favor del Estado y pago de daños y perjuicios a la víctima
- Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, Jorge J
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto al primer motivo denuncia que el Tribunal de apelación a momento de resolver y
- El recurrente invoca como precedente, el Auto Supremo 096/2017-RRC de 24 de enero, que de
- Con relación a la presunta denuncia de vulneración a derechos fundamentales y garantías jurisdiccionales, cuando
- En el segundo motivo, el recurrente relativo a la imposición de la pena, afirma que
- Analizando los términos del motivo expuesto por el recurrente, hace una exposición en relación al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
