En el segundo motivo, el recurrente relativo a la imposición de la pena, afirma que
En el segundo motivo, el recurrente relativo a la imposición de la pena, afirma que los Vocales, violentando el principio de la debida motivación, sin haber hecho un control de los elementos de legalidad previstos en los arts. 37, 38, 40 y 45 del CP, refieren que al haberse impuesto una pena de 3 años, el Tribunal no habría hecho una ponderación sobre las razones para haber impuesto la pena, no explicando de manera clara y precisa de qué forma el Tribunal no cumplió con aquello. Invoca Auto Supremo 096/2017-RRC de 24 de enero. El Tribunal de alzada también refiere que en Sentencia no se habría tomado en cuenta el art. 45 del CP; por lo que bajo estos aspectos, la Sala Penal no hizo un correcto control de la Sentencia a momento de revocarla, por lo que solicita se ejerza un control de constitucionalidad ante el principio de duda razonable y el principio de favorabilidad
- Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, Jorge J
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto al primer motivo denuncia que el Tribunal de apelación a momento de resolver y
- El recurrente invoca como precedente, el Auto Supremo 096/2017-RRC de 24 de enero, que de
- Con relación a la presunta denuncia de vulneración a derechos fundamentales y garantías jurisdiccionales, cuando
- En el segundo motivo, el recurrente relativo a la imposición de la pena, afirma que
- Analizando los términos del motivo expuesto por el recurrente, hace una exposición en relación al
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
