Auto Supremo AS/1079/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1079/2018

Fecha: 01-Nov-2018

II.2. Contestación al recurso de casación

1.- No se realizó una correcta valoración de la prueba testifical de cargo, puesto que los testigos no han declarado que las actoras fueron despojadas de las dos habitaciones, por el contrario, los testigos de referencia declararon que vive con su familia en el inmueble hace varios años.
2.- No se tomó en cuenta la declaración confesoria de la demandante Ana María Ortega Pereira, tampoco la prueba de inspección judicial, por lo que se habría infringido los arts. 132, 1334 del Código Civil y 145,156 y 162 del Código Procesal Civil.
3.- El sostener que para la viabilidad de la acción reivindicatoria, no es requisito que el demandante haya estado en posesión del inmueble objeto de litis, considera que se creó inseguridad jurídica, errónea y forzada interpretación del art. 1453 del Código Civil, por cuanto es requisito sine quanon que el propietario haya sufrido la pérdida de la posesión, de hecho las demandantes nunca estuvieron en posesión de las habitaciones que ocupan, y la supuesta transferencia que hicieron sus padres fue fraudulenta.
4.- En el punto III del recurso de casación que lleva el rotulo: ¨De la sentencia de fs. 116-121¨ los reclamos objetan la Sentencia.
II.2. Contestación al recurso de casación