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    Auto Supremo AS/1081/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1081/2018

    Fecha: 01-Nov-2018

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    • y otra
    • Proceso: Reivindicación
    • Distrito: Cochabamba
    • CONSIDERANDO I
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
    • 1
    • Finalmente, sostiene que dichas omisiones en la valoración de la prueba vulneran los derechos de
    • 2
    • 3
    • De la respuesta al recurso de casación
    • III.1. Acción Reivindicatoria
    • En el Auto Supremo Nº 60/2014, de 11 de marzo de 2014 se sostuvo que:
    • Conforme lo señalado podemos advertir que el art
    • III.2. Sobre el principio de comunidad de la prueba
    • Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
    • III.3. Del per saltum
    • El art 272 del Código Procesal Civil de forma expresa ha establecido como un requisito
    • Por otro lado, el mismo artículo en su parágrafo segundo sostiene sobre la legitimación en
    • El Auto Supremo Nº 939/2015 de 14 de octubre, sobre el tema ha referido: “De
    • CONSIDERANDO IV
    • Corresponde señalar que hecha una contrastación del recurso de apelación con el de casación, no
    • Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • No se regula honorario profesional porque no se contestó el recurso de casación
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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