Auto Supremo AS/1081/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1081/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Corresponde señalar que hecha una contrastación del recurso de apelación con el de casación, no

Corresponde señalar que hecha una contrastación del recurso de apelación con el de casación, no se advierte que estos reclamos fuesen expuestos en la impugnación de alzada, sino que los mismos recién son observados en esta etapa recursiva, motivo por el cual lo reclamado no merece consideración alguna en aplicación del principio del “per saltum” (pasar por alto), puesto que para estar a derecho, el recurrente debió instar en apelación dicho debate y así agotar legal y correctamente toda la segunda instancia, previa a la intervención del Tribunal de Casación, como es el caso, toda vez que este órgano casacional, apertura su competencia para juzgar la correcta o incorrecta aplicación o inaplicación de la norma analizada o aplicada en el pronunciamiento de Alzada, extremo que impide su análisis conforme se ha descrito en la doctrina aplicable del considerando III.3