Auto Supremo AS/1085/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1085/2018

Fecha: 01-Nov-2018

En cuanto a la forma de demostrar el acto simulado conforme lo establecido en la

4. De lo acusado en casación se tiene que el punto 6 está enmarcado a observar la errónea aplicación del art 545.I del Código Civil, en cuanto a la prueba testifical presentada por el recurrente misma que no fue valorada pese a que este artículo establece que la simulación puede ser acreditada por todos los medios de prueba incluyendo testigos, aspecto que no fue considerado por el Tribunal de Alzada pese a que los testigos declararon a favor del recurrente.
En cuanto a la forma de demostrar el acto simulado conforme lo establecido en la doctrina expresada en el punto III.3 se ha referido en sentido que el art. 545 del Código Civil, establece parámetros para demostrar la simulación según al caso, puesto que entre partes puede hacerse por el contradocumento u otra prueba escrita que no atente contra la ley y en caso de terceros por todos los medios de prueba, tratándose el presente caso entre partes nos remitimos al primer supuesto, o sea por contradocumento u otra prueba escrita, entendiéndose al contradocumento el medio por el cual las partes demuestran a ciencia cierta cuál ha sido su verdadera intencionalidad demostrando fehacientemente la calidad contrato simulado