Auto Supremo AS/1108/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1108/2018

Fecha: 01-Nov-2018

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2. Contra esta decisión, se interpusieron los siguientes recursos de apelación: l. Mediante escrito de fs. 14747 a 14759, Fortino Jaime Agramont Botello en su calidad de interventor por parte de las Clínicas y Hospitales beneficiarios acreedores y como persona natural, propietario y representante legal de la razón social unipersonal Hospital Agramont; 2. Por escrito de fs. 14765 a 14767 lo hizo Edgar Antonio Olea Baudoin; 3. Mediante escrito de fs. 14765 a 14787 y vta., Carmen Emilia Seeghers Ali, presentó el tercer recurso de apelación; 4. GRACO-SCZ, mediante su representante legal, presentó el cuarto recurso de apelación cursante de fs. 14791 a 14794; 5. Carlos Henry Garrido Villarroel, en representación de Futuro de Bolivia S.A. Administradora de Fondos de Pensiones, también recurrió en apelación por escrito de fs. 14796 a 14798; 6. También recurrió en apelación Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros por escrito de fs. 14816 a 14818 y 7. Finalmente el séptimo recurso de apelación, corresponde a Oscar Alfredo Arana Pesoa, cursante a fs. 14844