d) Alega que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista Nº 172/2018
d) Alega que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista Nº 172/2018 no se pronunció sobre la nueva prueba adjunta por el Gobierno Autónomo Municipal adjunta en Segunda Instancia, adjunta de acuerdo a procedimiento consistente en Informe DATC-UACT Nº 1920/2017, informe Complementario de peritaje Informe PSPM Nº 03/2017 e informe ATM/UR/SI Nº 888/2017, prueba de reciente obtención determinante para consignar la pretensión del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en respuesta a la ilegal pretensión de la parte demandante
- Partes: Casto Vargas Echeverría y Catalina Flores de Vargas c/ Gobierno Autónomo Municipal de La
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 172/2018 de fecha 11 de mayo, cursante de
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- 3.De la legitimación procesal
- a) Que el Auto de Vista Nº 172/2018 aprobó y confirmó la sentencia de primer
- c)Que el Tribunal de Alzada no consideró relevante y fundamental, y no le asigno el
- d) Alega que el Tribunal de Alzada al emitir el Auto de Vista Nº 172/2018
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
