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Aspectos garantizados por los artículos 115-II y 116-I de la CPE donde se determina: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa…” y “Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado”, para luego de su comprobación legalmente esta causal prevista en el art. 16 inciso g) de la Ley General del Trabajo, poder despedir al actor, sin reconocimiento a los derechos de desahucio ni indemnización, lo que no ocurre en el presente caso
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