De la revisión del recurso, se advierte que la controversia traída a juicio de éste
Recurso de casación de fs. 244 a 247 interpuesto por Mario Raúl Cabrera Terceros.-
De la revisión del recurso, se advierte que la controversia traída a juicio de éste Tribunal se encuentra referido al pago del incremento salarial correspondiente a la gestión 2014 que fue negada en las instancias, por lo que a efectos de resolver el mismo corresponde partir del análisis de la normativa aplicable al caso, esto es, el DS Nº 1988, por el cual se regula el pago del incremento salarial para la gestión 2014
De la revisión del recurso, se advierte que la controversia traída a juicio de éste Tribunal se encuentra referido al pago del incremento salarial correspondiente a la gestión 2014 que fue negada en las instancias, por lo que a efectos de resolver el mismo corresponde partir del análisis de la normativa aplicable al caso, esto es, el DS Nº 1988, por el cual se regula el pago del incremento salarial para la gestión 2014
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el demandante, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Acusa que el Auto de Vista carece de motivación y argumentación, debido a que el
- Petitorio
- El recurrente acusa errónea aplicación del art
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El DS Nº 2346 de 1 de mayo de 2015, acusado como vulnerado, señala
- II
- “Artículo final 6°
- De la norma transcrita, no cabe lugar a discusión que el DS Nº 2346, establece
- En el marco de lo anterior y con arreglo al art
- Con base en lo transcrito, no resulta difícil concluir que, en casos como el presente,
- Consiguientemente, corresponde dar aplicación del art
- De la revisión del recurso, se advierte que la controversia traída a juicio de éste
- El DS Nº 1988 de 1 de mayo de 2014, en su art. 7, señala
- Asimismo, al igual que el Decreto Supremo analizado supra correspondiente a la gestión 2015, en
- En cumplimiento de éste último mandato, el Ministerio de Trabajo expidió la RM Nº 302/14
- De lo anterior, al igual que en el caso de la gestión 2015 analizado supra,
- En el caso presente, se tiene la evidencia de que el demandante, conforme se expresa
- Consiguientemente, el recurso deviene en infundado, por lo que, corresponde dar aplicación del art
- Sin costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
