Sin costas
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el numeral 1 del artículo 184 de la CPE y del numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 244 a 247 interpuesto por Mario Raúl Cabrera Terceros y, con relación al recurso de casación de fs. 240 a 242 interpuesto por Marco Antonio Cruz Gutiérrez, en representación de la Empresa Servicios Eléctricos Yungas S.A, CASA parcialmente el Auto de Vista N° 80/17 de 14 de abril y, deliberando en el fondo, mantiene firme y subsistente la Sentencia Nº 045/2016 de 28 de marzo, cursante de fs. 215 a 221.
Sin costas
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- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el demandante, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Acusa que el Auto de Vista carece de motivación y argumentación, debido a que el
- Petitorio
- El recurrente acusa errónea aplicación del art
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El DS Nº 2346 de 1 de mayo de 2015, acusado como vulnerado, señala
- II
- “Artículo final 6°
- De la norma transcrita, no cabe lugar a discusión que el DS Nº 2346, establece
- En el marco de lo anterior y con arreglo al art
- Con base en lo transcrito, no resulta difícil concluir que, en casos como el presente,
- Consiguientemente, corresponde dar aplicación del art
- De la revisión del recurso, se advierte que la controversia traída a juicio de éste
- El DS Nº 1988 de 1 de mayo de 2014, en su art. 7, señala
- Asimismo, al igual que el Decreto Supremo analizado supra correspondiente a la gestión 2015, en
- En cumplimiento de éste último mandato, el Ministerio de Trabajo expidió la RM Nº 302/14
- De lo anterior, al igual que en el caso de la gestión 2015 analizado supra,
- En el caso presente, se tiene la evidencia de que el demandante, conforme se expresa
- Consiguientemente, el recurso deviene en infundado, por lo que, corresponde dar aplicación del art
- Sin costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
