II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN:
Recurso de casación de fs. 240 a 242 interpuesto por Marco Antonio Cruz Gutiérrez, en representación de la Empresa Servicios Eléctricos Yungas S.A.-
1. Casación en el fondo.-
Acusa aplicación indebida del DS Nº 2346 de 1 de mayo de 2015, debido a que el Tribunal Ad quem dispuso el pago del incremento salarial por la gestión 2015 en virtud al, citado Decreto Supremo, sin hacer referencia a los artículos en los que fundamenta dicha resolución y sin considerar que por efecto de la RM Nº 301/2015 de 13 de mayo de 2015 que reglamenta el citado decreto supremo, no existe obligación de pagar el incremento salarial cuando se tratan de cargos jerárquicos
Recurso de casación de fs. 240 a 242 interpuesto por Marco Antonio Cruz Gutiérrez, en representación de la Empresa Servicios Eléctricos Yungas S.A.-
1. Casación en el fondo.-
Acusa aplicación indebida del DS Nº 2346 de 1 de mayo de 2015, debido a que el Tribunal Ad quem dispuso el pago del incremento salarial por la gestión 2015 en virtud al, citado Decreto Supremo, sin hacer referencia a los artículos en los que fundamenta dicha resolución y sin considerar que por efecto de la RM Nº 301/2015 de 13 de mayo de 2015 que reglamenta el citado decreto supremo, no existe obligación de pagar el incremento salarial cuando se tratan de cargos jerárquicos
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el demandante, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Acusa que el Auto de Vista carece de motivación y argumentación, debido a que el
- Petitorio
- El recurrente acusa errónea aplicación del art
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- El DS Nº 2346 de 1 de mayo de 2015, acusado como vulnerado, señala
- II
- “Artículo final 6°
- De la norma transcrita, no cabe lugar a discusión que el DS Nº 2346, establece
- En el marco de lo anterior y con arreglo al art
- Con base en lo transcrito, no resulta difícil concluir que, en casos como el presente,
- Consiguientemente, corresponde dar aplicación del art
- De la revisión del recurso, se advierte que la controversia traída a juicio de éste
- El DS Nº 1988 de 1 de mayo de 2014, en su art. 7, señala
- Asimismo, al igual que el Decreto Supremo analizado supra correspondiente a la gestión 2015, en
- En cumplimiento de éste último mandato, el Ministerio de Trabajo expidió la RM Nº 302/14
- De lo anterior, al igual que en el caso de la gestión 2015 analizado supra,
- En el caso presente, se tiene la evidencia de que el demandante, conforme se expresa
- Consiguientemente, el recurso deviene en infundado, por lo que, corresponde dar aplicación del art
- Sin costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
