Doctrina aplicable al caso
Contestación al recurso:
El recurso no fue respondido por el demandante, por ello es que previo informe, mediante Auto Nº 246/2017 de 3 de agosto, se concedió el recuso ante este Tribunal (fs. 58 vta.).
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma de fs. 55 y vta., para su resolución corresponde realizar las siguientes consideraciones:
Doctrina aplicable al caso:
En el recurso de casación, se debe identificar de manera clara y concreta si se interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, al tratarse de dos modalidades de recurrir que tienen diferentes características y finalidades.
El recurso de casación en la forma, tiene como finalidad determinar la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, que se encuentren sancionadas con nulidad por la ley y que conlleven la afectación del debido proceso, por errores in procedendo, conforme determina el art. 220-III del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable al caso presente por la permisión del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT)
El recurso no fue respondido por el demandante, por ello es que previo informe, mediante Auto Nº 246/2017 de 3 de agosto, se concedió el recuso ante este Tribunal (fs. 58 vta.).
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma de fs. 55 y vta., para su resolución corresponde realizar las siguientes consideraciones:
Doctrina aplicable al caso:
En el recurso de casación, se debe identificar de manera clara y concreta si se interpone recurso de casación en la forma y en el fondo, al tratarse de dos modalidades de recurrir que tienen diferentes características y finalidades.
El recurso de casación en la forma, tiene como finalidad determinar la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, que se encuentren sancionadas con nulidad por la ley y que conlleven la afectación del debido proceso, por errores in procedendo, conforme determina el art. 220-III del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable al caso presente por la permisión del art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT)
- Demandante:Jesús Manuel Mamani Lima
- Demandado:Servicio Departamental de Caminos de Pando
- Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el representante de la entidad demandada, (fs
- Argumentos del recurso de casación
- Por lo que concluyó indicando que interpone recurso de casación en la forma, solicitando que
- Doctrina aplicable al caso
- Mientras que el recurso de casación en el fondo, busca modificar el contenido o dejar
- Cuando se formula estos recursos, se debe identificar cada una de las causales de nulidad
- Fundamentos del caso concreto
- Por otra parte, transcribe el art
- En el marco legal descrito, corresponde aplicar el artículo 220-II del CPC-2013, con la facultad
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
