Auto Supremo AS/0754/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2018

Fecha: 13-Dic-2018

El otro tema a discutir del contrato, es el relativo a verificar para qué oficina

El otro tema a discutir del contrato, es el relativo a verificar para qué oficina interna se la contrató, pues el demandado indica que el trabajo se limitaba por el tiempo que duraría la ejecución directa del proyecto caminero Chuquichambi-Huayllamarca, puesto que, sus servicios eran prestados en la oficina que ejecutaba ese proyecto, de acuerdo con la prueba cursante a fs. 12 y 34, por la cual interpretamos que efectivamente prestaba los servicios laborales en esa dependencia del SEDCAM; sin embargo, del propio contrato suscrito se desprende que se contrata a la trabajadora para prestar servicios en el SEDCAM, de manera general y de manera particular en el proyecto que se requiera sus servicios, empero, no cursa en la prueba adjunta ningún memorándum o documento idóneo que acredite que a la trabajadora se la asignó para trabajar en dicho proyecto caminero, en el cual se indique que debía fungir como secretaria, bajo dependencia laboral del jefe del proyecto u otro extremo que condicione su contratación laboral a la conclusión del proyecto, pero más allá de eso, de todas maneras si es que la trabajadora hubiera desarrollado sus actividades laborales en el proyecto caminero Chuquichambi-Huayllamarca, al concluir éste, debía ser restituida a la oficina central del SEDCAM, pues su contrato laboral así lo contemplaba