Auto Supremo AS/0796/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0796/2018

Fecha: 20-Dic-2018

El Auto de Vista, es recurrido de casación en el fondo por el SENASIR, con

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El Auto de Vista, es recurrido de casación en el fondo por el SENASIR, con los argumentos expuestos en el escrito de fs. 145 a 148, los que se resumen, en los siguientes términos:
Señala que el Auto de Vista, realiza una interpretación errónea y aplica indebidamente el art. 477 del Reglamento del Código de Seguridad Social (RCSS), norma aplicable para casos en que el ente gestor compruebe que la concesión obedeció a documentos, datos o declaraciones fraudulentas; debiendo haber aplicado el art. 9 de DS Nº 27991 de 28 de enero de 2005, que faculta al SENASIR a revisar de oficio o por denuncia justificada, las calificaciones de rentas y pagos globales concedidos.
Manifiesta que, al ser evidente el nuevo matrimonio de la derechohabiente, posterior al fallecimiento del causante de la prestación, la suspensión de renta fue una determinación correcta del ente gestor, correspondiendo en consecuencia la recuperación de los dineros cobrados indebidamente; decisión que fue dejada sin efecto por el Tribunal ad quem, al disponer, que no corresponde la recuperación de los dineros cobrados por la derechohabiente; contradiciendo el art. 4 del DS Nº 28589 de 17 de enero de 2006, concordante con el art. 963 del Código Civil (CC), que dispone: “Quien ha recibido lo que no se le debía queda obligado a restituir lo que se le ha pagado”