Auto Supremo AS/0803/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2018

Fecha: 20-Dic-2018

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2.- Contiene mala interpretación y errónea aplicación del art. 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en curso de Pago y Adquisición aprobado por la Resolución Secretarial 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997, que dispone que no tendrán derecho a la renta de viudedad la esposa que hubiese estado separada en forma libremente consentida y continuada por más de 2 años, situación que la misma demandante acredita y consta en los informes sociales respectivos. Además, de los arts. 45 de la CPE y 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por cuanto se negó la renta a la demandante porque no cumplía los requisitos legales para acceder a ese beneficio