Auto Supremo AS/0803/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2018

Fecha: 20-Dic-2018

En ese sentido, si bien el ente gestor considera que no existió la vida en

En ese sentido, si bien el ente gestor considera que no existió la vida en común y los requisitos para beneficiarse con la renta de viudedad, dicha situación fue subsanada por la interesada solicitante de la renta de viudedad ante el SENASIR, a través de la documental que así lo demuestran judicialmente y que constituyen documentos respaldatorios a los que no se puede restar o quitar validez a través de un Informe Social del SENASIR