En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la Renta de
IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la Renta de Viudedad, María Alicia Crespo Gutiérrez, en su condición de derechohabiente como conviviente al fallecimiento de Vicente Calvimontes Paco, titular de la renta (causante), ha demostrado que existe un documento que acredita la vida conyugal y que declara judicialmente la unión libre o de hecho entre la misma y el causante o titular de la renta, desde el año 2009 hasta el 27 de enero de 2013, por el lapso de 4 años aproximadamente (fs. 269 a 274), mediante Sentencia de 4 de abril de 2014 pronunciada por el Juez Cuarto de Instrucción de Familia; además del certificado de defunción respectivo, documentación que cuenta con todo el valor legal previsto en los arts. 73 del Código de Familia (CF), 160 del Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF) y arts. 1287 y 1289 del Código Civil (CC), mismos que hacen plena fe, tanto entre las partes otorgantes como entre sus herederos sucesores, al haber sido extendidos con las solemnidades del caso y por los funcionarios autorizados, conforme prescribe la Ley
En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la Renta de Viudedad, María Alicia Crespo Gutiérrez, en su condición de derechohabiente como conviviente al fallecimiento de Vicente Calvimontes Paco, titular de la renta (causante), ha demostrado que existe un documento que acredita la vida conyugal y que declara judicialmente la unión libre o de hecho entre la misma y el causante o titular de la renta, desde el año 2009 hasta el 27 de enero de 2013, por el lapso de 4 años aproximadamente (fs. 269 a 274), mediante Sentencia de 4 de abril de 2014 pronunciada por el Juez Cuarto de Instrucción de Familia; además del certificado de defunción respectivo, documentación que cuenta con todo el valor legal previsto en los arts. 73 del Código de Familia (CF), 160 del Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF) y arts. 1287 y 1289 del Código Civil (CC), mismos que hacen plena fe, tanto entre las partes otorgantes como entre sus herederos sucesores, al haber sido extendidos con las solemnidades del caso y por los funcionarios autorizados, conforme prescribe la Ley
- El 5 de noviembre de 2014, María Barrancos Cruz, solicitó Renta de Derechohabiente como conviviente
- María Alicia Crespo Gutiérrez presenta el recurso de reclamación cursante de fs
- María Alicia Crespo Gutiérrez, presenta el recurso de apelación de fs
- Julieta Alcira Gutiérrez Flores y Juan Edwin Mercado Claros, en representación del SENASIR, presentan el
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- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- En armonía con las disposiciones de organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
- La Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0055/2013 de 11 de enero, establece como entendimiento sobre el
- De lo señalado, es posible extraer que, los derechos a la seguridad social constituyen un
- El art
- Sustentando el principio de universalidad, cuya protección debe llegar a todos los miembros de la
- También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Informe sobre Colombia 1993, señaló
- Estas recomendaciones están dadas en virtud al carácter progresivo de los derechos económicos, sociales y
- En ese entendimiento, se advierte que el derecho a la renta de viudez o viudedad,
- La SC 2769/2010-R de 10 de diciembre, con relación al principio de la prevalencia de
- En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la Renta de
- En ese sentido, si bien el ente gestor considera que no existió la vida en
- Queda así establecido por los documentos que cursan en obrados, que la solicitante acreditó su
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
