Auto Supremo AS/0803/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2018

Fecha: 20-Dic-2018

En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la Renta de

IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la Renta de Viudedad, María Alicia Crespo Gutiérrez, en su condición de derechohabiente como conviviente al fallecimiento de Vicente Calvimontes Paco, titular de la renta (causante), ha demostrado que existe un documento que acredita la vida conyugal y que declara judicialmente la unión libre o de hecho entre la misma y el causante o titular de la renta, desde el año 2009 hasta el 27 de enero de 2013, por el lapso de 4 años aproximadamente (fs. 269 a 274), mediante Sentencia de 4 de abril de 2014 pronunciada por el Juez Cuarto de Instrucción de Familia; además del certificado de defunción respectivo, documentación que cuenta con todo el valor legal previsto en los arts. 73 del Código de Familia (CF), 160 del Código de las Familias y del Proceso Familiar (CFPF) y arts. 1287 y 1289 del Código Civil (CC), mismos que hacen plena fe, tanto entre las partes otorgantes como entre sus herederos sucesores, al haber sido extendidos con las solemnidades del caso y por los funcionarios autorizados, conforme prescribe la Ley