Auto Supremo AS/0803/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2018

Fecha: 20-Dic-2018

También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Informe sobre Colombia 1993, señaló

También la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el Informe sobre Colombia 1993, señaló la obligación de los Estados para proteger y promover los derechos sociales: “Los Estados miembros deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que la observancia de los derechos económicos, sociales y culturales no sea disminuida en ningún aspecto con el transcurso del tiempo”. La Comisión también recomendó, en el caso peruano, que el Estado debía tomar medidas para garantizar que se respeten los derechos adquiridos en materia de pensiones y que el monto de las mismas sean suficientes para cubrir como mínimo, el costo de las canasta familiar básica (CIDH, Informe sobre Perú, 2000)