Auto Supremo AS/1096/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1096/2018-RA

Fecha: 21-Dic-2018

Respecto al primer motivo la parte recurrente aduce que en apelación denunció el defecto establecido


En el caso de autos se advierte que la parte recurrente, fue notificada el 26 de septiembre de 2018 con el Auto de Vista impugnado, interponiendo su recurso de casación el 3 de octubre del mismo año; es decir, dentro el plazo de los cinco días hábiles, teniéndose por cumplida la formalidad temporal exigida por el art. 417 del CPP; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

Respecto al primer motivo la parte recurrente aduce que en apelación denunció el defecto establecido en el inc. 5) del art. 370 del CPP, a lo que el Auto de Vista apelado, ratificó la Sentencia apelada. Invoca los Autos Supremos 214/2007 de 28 de marzo y 367/2014-RRC de 8 de agosto. Asimismo denunció como agravio aquel establecido en el inc. 6) del art. 370 del CPP respecto a la libertad probatoria, la valoración de la prueba y las normas para deliberación previstas por los arts. 171, 173 y 359 del CPP, advirtiéndose en base a los Autos Supremos 67 de 27 de enero de 2006, 149 de 6 de junio de 2008, 122/2013 de 25 de abril, 166/2012-RRC de 20 de julio y 239/2012-RRC de 3 de octubre, que los jueces de Sentencia vulneraron el sistema de la sana crítica, inobservando lo previsto por el art. 124 del CPP