Auto Supremo AS/1100/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1100/2018-RA

Fecha: 21-Dic-2018

Conforme se tiene del recurso de casación, el recurrente haciendo una exegesis y abstracción de


En relación al recurso de casación del recurrente, si bien en ambos motivos casacionales invoca los precedentes y establece meridianamente la contradicción que pretende; empero, se evidencia que al interponer su memorial de casación, ha ejecutado una axiomática falta de técnica recursiva, extrañándose los verdaderos fundamentos del recurso de casación, que más allá de subtitularse aquello en la suma, de la revisión del documento, no se ha podido identificar el argumento central de casación, por el cual se impugne efectivamente el Auto de Vista respecto a la apelación restringida plantada ante el Tribunal de alzada. Para este Tribunal, no es coherente y procedente que en base a la apelación incidental que se habría planteado conjuntamente la apelación restringida, sobre la que se discutía la procedencia o no de una excepción de falta de acción, resuelta en alzada, se pretenda la admisión del recurso y el análisis de fondo sobre una cuestión incidental, cuando la naturaleza del recurso de casación es la de revisar los Autos de Vista emitidos como emergencia de las apelaciones restringidas planteadas por las partes contra las Sentencias.

Conforme se tiene del recurso de casación, el recurrente haciendo una exegesis y abstracción de algunos de los argumentos expuestos en el recurso de apelación incidental y lo resuelto por el Auto de Vista, no pueden estos argumentos vincularse con los fundamentos del recurso de casación, cuando los agravios, más allá de señalarse los defectos de Sentencia, deben ir a denunciar defectos, errores y falencias en las que incurra el Auto de Vista en la forma de resolver la apelación restringida; que contrariamente el recurrente, al respecto, no expone agravio alguno que le haya causado el Auto de Vista con relación a la apelación restringida, limitándose a impugnar la cuestión incidental, conforme se evidencia de las citas textuales que se hace sobre el Auto de Vista; equivocando la parte recurrente el sentido y la naturaleza jurídica del recurso de casación que conforme al art. 416 primera parte del CPP, únicamente puede ser procedente para impugnar Autos de Vista emergentes de una apelación restringida