Auto Supremo AS/1167/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1167/2018

Fecha: 03-Dic-2018

El art

El art. 272.II del Código Procesal Civil respecto a la legitimación para interponer el recurso de casación establece lo siguiente: “No podrá hacer uso del recurso, quien no apeló de la sentencia de primera instancia ni se adhirió a la apelación de la contraparte, cuando la resolución del tribunal superior hubiere confirmado totalmente la sentencia apelada”