Auto Supremo AS/1167/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1167/2018

Fecha: 03-Dic-2018

El demandado expresó que el RECURSO de apelación de la demandante fue interpuesto extemporáneamente, por

DE LA RESPUESTA DE FÉLIX VIDAL MARCA AL RECURSO DE CASACIÓN
El demandado expresó que el RECURSO de apelación de la demandante fue interpuesto extemporáneamente, por ello se declaró la inadmisibilidad del recurso de apelación por su extemporaneidad, en relación a ello el art. 272.II del Código Procesal Civil establece que no podrá hacer uso del recurso quien no hubiera apelado la Sentencia ni se hubiera adherido a la apelación de la contraparte, cuando la resolución del tribunal superior hubiera confirmado totalmente la Sentencia apelada