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CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Violación de los arts. 117 y 115 de la Constitución Política del Estado y art. 213 del Código Procesal Civil (principio de congruencia interna y externa), pues conforme a los fundamentos expuestos en la demanda se advertiría que se planteó como objeto de debate la posesión de un lote de terreno de 6.000 mts.2, claramente identificado en su plano pertinente, así como el tiempo cumplido de la posesión durante el plazo establecido por Ley; sin embargo el Juez de la causa habría declarado improbada la demanda desmarcándose del tema central de debate, cuando únicamente le correspondía referirse a la posesión real, tiempo de posesión e inexistencia de interrupción civil o natural. Sin embargo el Tribunal de alzada, sin mayor análisis jurídico y repitiendo lo mismo que el Juez de la causa, en virtud al plano de reforma agraria de fs. 138 y el informe pericial de fs. 512 a 515, obviando que el proceso de Reforma Agraria habría mal identificado su predio y confirmado la Sentencia, violando de esta manera el principio de congruencia tanto interna como externa
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
1. Violación de los arts. 117 y 115 de la Constitución Política del Estado y art. 213 del Código Procesal Civil (principio de congruencia interna y externa), pues conforme a los fundamentos expuestos en la demanda se advertiría que se planteó como objeto de debate la posesión de un lote de terreno de 6.000 mts.2, claramente identificado en su plano pertinente, así como el tiempo cumplido de la posesión durante el plazo establecido por Ley; sin embargo el Juez de la causa habría declarado improbada la demanda desmarcándose del tema central de debate, cuando únicamente le correspondía referirse a la posesión real, tiempo de posesión e inexistencia de interrupción civil o natural. Sin embargo el Tribunal de alzada, sin mayor análisis jurídico y repitiendo lo mismo que el Juez de la causa, en virtud al plano de reforma agraria de fs. 138 y el informe pericial de fs. 512 a 515, obviando que el proceso de Reforma Agraria habría mal identificado su predio y confirmado la Sentencia, violando de esta manera el principio de congruencia tanto interna como externa
- Partes: Marcelino Rodero Vera y Clemente Rodero Vera
- Proceso: Usucapión treintañal
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- Del mismo modo, el citado Juez de la causa, ante la solicitud de explicación interpuesta
- Resoluciones de primera instancia que al haber sido recurridas en apelación por Edgar José Caballero
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- En este mismo acápite, acusan que el Tribunal de alzada habría valorado erróneamente el informe
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- Que habiendo sido sustanciado el recurso de casación la parte contraria no contestó al
- CONSIDERANDO III
- Este Tribunal Supremo de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- III.2 De la valoración probatoria
- El art
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- Principios que rigen en materia civil, y orientan a los juzgadores en la labor valorativa
- III.3. De la incongruencia omisiva y de la trascendencia o relevancia de la incongruencia
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- Del lineamiento jurisprudencial extractado se puede establecer que este Tribunal bajo un criterio de logicidad
- Es por dicho motivo que al momento de analizarse una nulidad por incongruencia, se deberá
- El entendimiento expuesto supra como se dijo, resulta aplicable al tema de la incongruencia omisiva
- CONSIDERANDO IV
- Sobre el particular y de acuerdo a lo esbozado en el acápite III
- Partiendo de aquel antecedente se evidencia que el Tribunal de alzada y el Juez de
- En suma podemos concluir que el informe pericial no se encuentra fuera del objeto del
- Si bien el recurrente en parte de su alegación aduce vulneración a una serie de
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.
