Finalmente en el punto 2) de la impugnación casatoria, se puede observar que los recurrentes
Finalmente en el punto 2) de la impugnación casatoria, se puede observar que los recurrentes vienen a cuestionar que el Tribunal de Alzada no ha considerado la minuta de transferencia de fecha 27 de agosto de 2012, en virtud de la cual ellos también tendrían derecho propietario sobre el inmueble objeto de litis, en cuyo entendido, sostienen que en base a los lineamientos jurisprudenciales esgrimidos por los Auto Supremo Nº 921/2016 y 340/2017, los juzgadores de instancia, previo a establecer la procedencia de la acción reivindicatoria, debieron determinar a quien corresponde el mejor derecho a poseer
- Proceso: Reivindicación
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Waldo Ojeda Quise, a través del escrito
- CONSIDERANDO II
- 1
- 2
- II.2. En relación al recurso de apelación en contra de la sentencia
- En base a todo lo señalado, solicita se dicte Auto Supremo casando el fallo recurrido
- En ese merito solicita se confirme el fallo recurrido y sea con costas para la
- CONSIDERANDO III
- Sobre este tema, el autor Armando Córdova Saavedra, en su obra “MANUAL PRÁCTICO DEL NUEVO
- De lo expuesto, se puede inferir que el recurso de casación tiene como una de
- Entonces, tomando en cuenta que el recurso de casación es considerado un medio impugnatorio vertical
- Al respecto el AS Nº 414/2014 de fecha 04 de agosto, señala: “
- Por otra parte en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11
- III.3. Sobre la Publicidad de los Derechos Reales
- Al respecto, el art
- De la variedad de principios propuestos por la literatura, conviene precisar nuestro análisis en aquellos
- Toda esta descripción, nos permite comprender, que lo preceptuado por el art
- Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde expresar las siguientes consideraciones
- IV.2. Recurso de Casación referente a la apelación en contra de la Sentencia
- En el punto 1) de la argumentación recursiva concerniente a la Sentencia de primer grado,
- Sobre este reclamo, conviene remitirnos a los razonamientos expresados en el punto III
- Finalmente en el punto 2) de la impugnación casatoria, se puede observar que los recurrentes
- Ello se asume porque la parte actora, cuenta con un título propietario inscrito en la
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
