Auto Supremo AS/1216/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1216/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Por otra parte en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11

Por otra parte en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11 de marzo, se ha razonado respecto a la reivindicación señalando que : “…la reivindicación es -Aquella que tiene por objeto el ejercicio, por el propietario de una cosa, de los derechos dominiales, a efectos de obtener su devolución por un tercero que la detenta-, de esta definición, se puede extraer un punto esencial para su procedencia: Ser propietario, y a efectos de seguir desmembrando este punto es primordial señalar que significa propiedad, según EL DICCIONARIO DE DERECHO OMEBA TOMO III el término PROPIEDAD significa:” Facultad legitima de gozar y disponer de una cosa con exclusión del arbitrio ajeno y reclamar su devolución cuando se encuentre indebidamente en poder de otro” y en el mismo sentido podemos expresar la doctrina expresada por CAPITANT, el cual sobre el tema expresa, que es el:” Derecho de usar, gozar y disponer de una cosa en forma exclusiva y absoluta”