Resolución de primera instancia que fue apelada por Waldo Ojeda Quise, a través del escrito
Resolución de primera instancia que fue apelada por Waldo Ojeda Quise, a través del escrito que cursa de fs. 139 a 141 vta., y por Marilú Mamani Marca, mediante el memorial de fs. 167 a 170, a cuyo efecto la Sala Mixta Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante el Auto de Vista de fecha 02 de marzo de 2018, obrante de fs. 185 a 192 vta., CONFIRMÓ la Sentencia antes mencionada, arguyendo que en el caso de autos, los actores con toda la prueba aportada y producida en el proceso acreditaron su derecho de propiedad debidamente publicitado a través de su registro en DDRR, tornándolo oponible a terceros, a diferencia del documento privado de fecha 27 de agosto de 2012 reconocido en sus firmas en la misma fecha, con el que cuentan los demandados, el cual no ostenta publicidad, por lo que es exigible solo entre las partes suscribientes, en cuyo entendido siendo que el inmueble se encuentra ocupado por los demandados y que este predio fue debidamente identificado, se ha demostrado que los actores se encuentran privados de su derecho de posesión física sobre el mismo
- Proceso: Reivindicación
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que fue apelada por Waldo Ojeda Quise, a través del escrito
- CONSIDERANDO II
- 1
- 2
- II.2. En relación al recurso de apelación en contra de la sentencia
- En base a todo lo señalado, solicita se dicte Auto Supremo casando el fallo recurrido
- En ese merito solicita se confirme el fallo recurrido y sea con costas para la
- CONSIDERANDO III
- Sobre este tema, el autor Armando Córdova Saavedra, en su obra “MANUAL PRÁCTICO DEL NUEVO
- De lo expuesto, se puede inferir que el recurso de casación tiene como una de
- Entonces, tomando en cuenta que el recurso de casación es considerado un medio impugnatorio vertical
- Al respecto el AS Nº 414/2014 de fecha 04 de agosto, señala: “
- Por otra parte en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11
- III.3. Sobre la Publicidad de los Derechos Reales
- Al respecto, el art
- De la variedad de principios propuestos por la literatura, conviene precisar nuestro análisis en aquellos
- Toda esta descripción, nos permite comprender, que lo preceptuado por el art
- Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde expresar las siguientes consideraciones
- IV.2. Recurso de Casación referente a la apelación en contra de la Sentencia
- En el punto 1) de la argumentación recursiva concerniente a la Sentencia de primer grado,
- Sobre este reclamo, conviene remitirnos a los razonamientos expresados en el punto III
- Finalmente en el punto 2) de la impugnación casatoria, se puede observar que los recurrentes
- Ello se asume porque la parte actora, cuenta con un título propietario inscrito en la
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
