Auto Supremo AS/1245/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1245/2018

Fecha: 11-Dic-2018

En ese análisis, se tiene que dicha norma no establece que el Juez deba suplir

En ese análisis, se tiene que dicha norma no establece que el Juez deba suplir a las partes en la producción de la prueba, vale decir que el Juez no puede suplir la dejadéz, descuido en la producción de la prueba, porque son las partes que deben aportar todas las pruebas conducentes a sus pretensiones, principalmente la parte demandante