Auto Supremo AS/1257/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1257/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Por todo lo expresado y en aras de los principios de debido proceso, verdad material

Por todo lo expresado y en aras de los principios de debido proceso, verdad material y saneamiento, consagrados en el art. 180 de la Constitución Política del Estado boliviano y en el art. 1 nums. 8) y 16) de la Ley Nº 439, deben evitarse dilaciones innecesarias en el trámite de la causa, habiendo la ley en su sabiduría previsto para este objetivo, la revisión de oficio a ser efectuada por los Tribunales, sean de alzada o casación, conforme prevé el art. 17.I de la Ley Nº 025, a fin de concluir la tramitación de la causa con la debida celeridad procesal