Auto Supremo AS/1270/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1270/2018

Fecha: 18-Dic-2018

Conforme a lo establecido en el art

Conforme a lo establecido en el art. 106 del Código Procesal Civil, el Juez o Tribunal de casación anulará de oficio todo proceso en el que se encontraren infracciones que interesan al orden público, en ese entendido, previamente a emitir una resolución de fondo, corresponde realizar una revisión de oficio del proceso, donde se examinará, si las resoluciones dictadas se fundamentaron, entre otros aspectos, en el principio de eficacia que encuentra inmerso en el art. 180.I de la Constitución Política del Estado