Que, la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, conforme precisa su título,
Que, la Ley Nº 620 de 29 de diciembre de 2014, conforme precisa su título, es “Transitoria para la Tramitación de los Procesos Contencioso y Contencioso Administrativo”, en consecuencia, es de carácter general, siendo imperativo en el caso concreto, tener presente el principio de jerarquía normativa previsto en el art. 410 de la CPE y el art. 15 parágrafo I de la Ley del Órgano Judicial, respecto a que una ley especial tiene aplicación preferente a una ley general
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