En la actualidad, producto de las gestiones de organismos internacionales como la Organización Internacional del
En la actualidad, producto de las gestiones de organismos internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización de las Naciones Unidas (ONU), e instituciones supranacionales, como la Asociación Internacional de Seguridad Social (AISS), la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS) y la Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS), el consenso internacional considera a la seguridad social como un derecho humano inalienable. En este entendido el art. 22 de la Declaración Universal de Derechos Humanos expresa: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”
- VISTOS
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto
- Al evidenciar modificación en el promedio salarial, el ente gestor por Resolución 4205 de 24
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- La jubilada titular presenta recurso de reclamación contra la resolución de recalculo de renta, resuelto
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por la jubilada titular, la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Contra el Auto de Vista, la entidad gestora formula recurso de casación en el fondo,
- Errónea aplicación del art
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia previa deliberación en el fondo, Case el Auto
- III. PROBLEMÁTICA PLANTEADA
- La problemática en el presente caso y traída a casación, radica en determinar si el
- IV. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL, DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL, APLICABLE AL CASO EN CONCRETO
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- En la actualidad, producto de las gestiones de organismos internacionales como la Organización Internacional del
- La Organización Internacional del Trabajo (OIT) señala que “La Seguridad Social, es un sistema conjunto
- Concordante con esta posición internacional, el art
- Precisado el concepto de seguridad social, aplicando al caso que nos ocupa, se observa que
- En ese marco se concluye que el error es atribuible al ente gestor y no
- Este razonamiento está claramente desarrollado en el art
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
