VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 41
Sucre, 27 de febrero de 2018
Expediente: 128/2017
Demandante : Lourdes Gutiérrez Suarez
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Proceso : Compensación de Cotizaciones
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144 a 148, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado por su Director General Ejecutivo a.i. Juan Edwin Mercado Claros, a través de su apoderado Wilmer Sanjinéz Lineo, contra el Auto de Vista Nº 166/2016 de 13 de julio, de fs. 139 a 142, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; en el trámite de compensación de cotizaciones seguido por Lourdes Gutiérrez Suarez contra la entidad recurrente; el Auto de 10 de enero de 2017, cursante a fs. 153, que concedió el recurso; el Auto Supremo Nº 128-A de 7 de abril de 2017 (fs. 161), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 41
Sucre, 27 de febrero de 2018
Expediente: 128/2017
Demandante : Lourdes Gutiérrez Suarez
Demandado: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Proceso : Compensación de Cotizaciones
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144 a 148, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), representado por su Director General Ejecutivo a.i. Juan Edwin Mercado Claros, a través de su apoderado Wilmer Sanjinéz Lineo, contra el Auto de Vista Nº 166/2016 de 13 de julio, de fs. 139 a 142, pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; en el trámite de compensación de cotizaciones seguido por Lourdes Gutiérrez Suarez contra la entidad recurrente; el Auto de 10 de enero de 2017, cursante a fs. 153, que concedió el recurso; el Auto Supremo Nº 128-A de 7 de abril de 2017 (fs. 161), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Resolución Comisión de Nacional de Prestaciones
- Que dentro del trámite de Compensación de Cotizaciones, la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema
- Ante la interposición del Recurso de Reclamación por la asegurada de fs
- Ante la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, la asegurada interpuso recurso de apelación,
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, Wilmer Sanjinéz Lineo, en representación de Juan Edwin
- Planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del proceso y
- Analizando lo cuestionado por el recurrente, el DS 27543 de 31 de mayo de 2004,
- Ahora, de acuerdo a lo manifestado por la institución recurrente, la Resolución Ministerial Nº 498
- A este razonamiento, debemos añadir que en los procesos administrativos como en los judiciales, debe
- De tal manera, conforme a jurisprudencia desarrollada, y lo establecido en los arts
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
