Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 051/2018-RA
Sucre, 14 de febrero de 2018
Expediente: La Paz 78/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Américo Mamani Marca
Delito: Fabricación, Comercio y Tenencia de Substancias
Explosivas, Asfixiantes, etc.
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2017, cursante de fs. 693 a 701, Américo Mamani Marca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 07/2017 de 22 de junio de fs. 646 a 650 y el Auto Complementario de 19 de julio de 2017, a fs. 654, pronunciados por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Elva Jiménez Segales, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Fabricación, Comercio o Tenencia de Substancias Explosivas, Asfixiantes, etc; previsto y sancionado por el art. 211 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 051/2018-RA
Sucre, 14 de febrero de 2018
Expediente: La Paz 78/2017
Parte Acusadora: Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Américo Mamani Marca
Delito: Fabricación, Comercio y Tenencia de Substancias
Explosivas, Asfixiantes, etc.
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2017, cursante de fs. 693 a 701, Américo Mamani Marca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 07/2017 de 22 de junio de fs. 646 a 650 y el Auto Complementario de 19 de julio de 2017, a fs. 654, pronunciados por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y María Elva Jiménez Segales, contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Fabricación, Comercio o Tenencia de Substancias Explosivas, Asfixiantes, etc; previsto y sancionado por el art. 211 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 31 de agosto de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Refiere que el Auto de Vista impugnado procedió a enunciar cada uno de los extremos
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, del análisis del contenido del recurso de casación formulado por el imputado, se
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
