Auto Supremo AS/0058/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2018-RA

Fecha: 14-Feb-2018

2)El recurrente señala, que en apelación restringida denunció la existencia de un defecto de sentencia,


Con este antecedente, denuncia que el Auto de Vista 50/2017 de 15 de diciembre emitido por el Tribunal de alzada, señala: “en el caso de detectarse presuntas vulneraciones al principio de continuidad durante la sustentación de la etapa de juicio,...en principio debe verificarse y examinarse la clase y la medida de esas demoras a efectos de valorar si la demora afecta el principio de inmediación y si en consecuencia, corresponde asumir una medida tan radical como la anulación de sentencia…”. Empero, el Tribunal de alzada no se dio a la tarea ni siquiera de revisar las actas de juicio, denunciando la falta de fundamentación de dicha resolución.

2)El recurrente señala, que en apelación restringida denunció la existencia de un defecto de sentencia, la inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva conforme prevé el art. 370 inc. 1) del CPP, arguye que erróneamente se le sentenció como autor del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, en razón de que consiste en un documento de devolución de dinero y que no se demostró que se le hubiese entregado dinero alguno