III.1.1. De la fijación de la pena
III.1. Consideraciones en cuanto a la fijación de la pena.
Con carácter previo, a efectos de ingresar al análisis del caso concreto, este Tribunal asume que el precedente citado como contradictorio, efectúa de manera genérica un desarrollo respecto al sistema de fijación de la pena y en consideración a la fecha de su pronunciamiento, resulta pertinente desarrollar el análisis de la temática planteada a través del presente recurso de casación, teniendo en cuenta la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009, que se constituye en la Ley Fundamental y fundamentadora del ordenamiento jurídico del nuevo Estado boliviano, acogiendo en su contexto valores y principios propios de la realidad sobre la cual se cimienta la convivencia social en un Estado Social y Democrático de Derecho; razón por la cual conforme a sus disposiciones (art. 410.I y II), los órganos públicos se encuentran sometidos a ella, al constituir la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano, gozando de primacía frente a cualquier otra disposición normativa.
III.1.1. De la fijación de la pena
- Parte Acusadora : Banco Unión S.A
- Parte Imputada : Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez
- Delitos
- Magistrado Relator : Dr. Olvis Eguez Oliva
- Por memorial presentado el 18 de junio de 2014 de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 19/2010 de 8 de septiembre (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 591/2017-RA de 14 de agosto, se extrae
- La parte recurrente alega que el Tribunal de alzada cometió error al fundamentar que las
- Argumenta el error en la afirmación del tribunal de apelación, haciendo alusión a aspectos doctrinales
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Sustanciado el acto de juicio, el Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La
- Que, el art
- II.2. Recursos de Apelación restringida y la emisión de sucesivos Autos de Vista
- Contra la mencionada Sentencia, tanto el imputado Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez, como la representación
- En cuanto al recurso de apelación del imputado Jorge Fernando Tuto Quiroga Ramírez, estableció los
- Al recurso de apelación restringida del Banco Unión, refirió que el concurso real y el
- II.4. Resoluciones relativas a la prescripción
- En el caso presente, el Banco Unión como acusador particular denuncia que el Tribunal de
- III.1.1. De la fijación de la pena
- Así los arts
- La fundamentación de la fijación de la pena es inexcusable, en este ámbito la exigencia
- III.2. Análisis del caso presente
- En el caso de autos, resulta menester identificar la secuencia de actos procesales relevantes que
- Así se tiene que una vez sustanciado el acto de juicio, el Juez Tercero de
- Después de este Auto Supremo, el Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista 51/2013
- En ese sentido, el Tribunal de alzada emitió el tercer Auto de Vista, ahora recurrido
- Ahora bien, la parte recurrente invocó en casación como precedente contradictorio, el Auto Supremo Nº
- De lo señalado hasta aquí, se advierte que, revisado el Auto de Vista cuestionado, se
- Por lo referido precedentemente, corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado a los
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- A los efectos de lo previsto por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
