Del contenido del recurso de casación sujeto a análisis, se advierte que el recurrente en
IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se establece que el 4 de octubre de 2017, la parte recurrente fue notificada con el Auto Complementario 215 de 14 de septiembre de 2017, interponiendo su recurso de casación el 9 de octubre del mismo año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.
Del contenido del recurso de casación sujeto a análisis, se advierte que el recurrente en el primer motivo, denuncia que el Tribunal de alzada al pronunciar el Auto de Vista recurrido pretendió cumplir con lo resuelto por el Auto Supremo 316/2017-RRC de 3 de mayo, emitido con anterioridad en la presente causa, al realizar una argumentación retórica sin especificar si el Tribunal de origen cumplió con los presupuestos para la fijación de la pena; a cuyo efecto, invoca los Autos Supremos 41/2013 de 21 de febrero, 38/2013-RRC de 18 de febrero y 321/2016-RRC de 21 de abril, refiriendo que el Tribunal de apelación no hubiese efectuado el control respecto a esta temática, por lo que esta Sala Penal asume que el recurrente cumple con el requisito de invocar precedentes y establecer aún de manera escueta la contradicción existente entre el fallo recurrido y los precedentes invocados, más aun cuando plantea un eventual incumplimiento de la doctrina establecida en un fallo emitido por este Tribunal con anterioridad en la presente causa
- Por memorial presentado el 9 de octubre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 4 de octubre de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Del contenido del recurso de casación sujeto a análisis, se advierte que el recurrente en
- En el segundo motivo, el cuestionamiento del recurrente está dirigido también a un eventual incumplimiento
- Por último, en el motivo quinto, el recurrente cuestiona la conclusión que asumió el Tribunal
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
