Por memorial presentado el 25 de mayo de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 099/2018-RA
Sucre, 26 de febrero de 2018
Expediente: La Paz 4/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Edyberto Huayta Ancachi y otros
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2017, cursante de fs. 361 a 368, Edyberto y Clementina ambos de apellidos Huayta Ancachi interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 109/2016 de 8 de noviembre, de fs. 356 a 358 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Páucar Córdova y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 099/2018-RA
Sucre, 26 de febrero de 2018
Expediente: La Paz 4/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Edyberto Huayta Ancachi y otros
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2017, cursante de fs. 361 a 368, Edyberto y Clementina ambos de apellidos Huayta Ancachi interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 109/2016 de 8 de noviembre, de fs. 356 a 358 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra José Páucar Córdova y los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 25 de mayo de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes motivos
- 3)Finalmente denuncian el defecto previsto en el inc
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Al respecto, como anteriormente se refirió que no pueden ser tomadas en cuenta las Sentencias
- Finalmente con relación al tercer motivo donde refieren defecto previsto en el inc
- Al respecto, como se puede advertir; nuevamente los recurrentes refieren defectos propios contenidos en la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
