Auto Supremo AS/0065/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0065/2018

Fecha: 14-Mar-2018

Señala que el Tribunal de apelación debió considerar que la autoridad tributaria no aplicó el

Señala que el Tribunal de apelación debió considerar que la autoridad tributaria no aplicó el principio de verdad material y método de interpretación de los hechos por la realidad económica, previsto por el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), art. 8 de la Ley 2492 y art. 4 inc. d) de la Ley 2341; cuando en el proceso de fiscalización no cruzó información de los números de serie de las unidades (kits y cilindros) informadas por el taller a la Superintendencia de Hidrocarburos con la información de la Aduana Nacional, de la Base de Datos Corporativa (BDC), del Sistema de la Administración Tributaria (SIRAT-2) y Certificados por el Instituto Boliviano de Normas (IBNORCA); no llegando a establecer toda la cadena económica, es decir el movimiento de dichos equipos desde el importador hasta el vehículo convertido