Auto Supremo AS/0078/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2018

Fecha: 29-Mar-2018

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1.- Refiere que el art. 5 de la Ley 2042: “Las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados”; y que al realizarse pagos relacionados a beneficios sociales generaría responsabilidades al ser un gasto fuera de lo presupuestado; este aspecto corresponde a una situación interna de cada institución, misma que debe prever obligaciones que legalmente deben ser cumplidas; además que la referida disposición no establece que no procederá el pago de obligaciones laborales y sociales